Tribunal Constitucional de Corea del Sur respalda restricción de antecedentes penales por drogas en transporte de paquetería

  • Decisión por 6 votos a favor y 3 en contra..."La restricción busca garantizar la seguridad pública"

  • Kim Sang-hwan, Jung Jung-mi y Jung Gye-sun se oponen..."La medida obstaculiza la reinserción social de personas con antecedentes"

Tribunal Constitucional de Corea del Sur [Foto=Yonhapnews]
Tribunal Constitucional de Corea del Sur [Foto=Yonhapnews]

El Tribunal Constitucional de Corea del Sur dictaminó que las disposiciones legales que restringen el desempeño de actividades de transporte de paquetería a personas condenadas por delitos de drogas no violan la Constitución.

Según círculos jurídicos, el tribunal emitió el 25 de octubre una resolución de constitucionalidad respecto a una demanda de revisión de constitucionalidad contra los artículos de la Ley de Transporte de Carga por Vehículos de Motor con una votación de 6 magistrados a favor de la constitucionalidad y 3 en contra.

El demandante, identificado como la persona A, obtuvo su certificación de transporte de carga en 2010 y comenzó a trabajar como conductor de paquetería desde 2018. Sin embargo, la ciudad de Geoje revocó su certificación en noviembre de 2021 después de descubrir que la persona A había sido condenada a un año de prisión en 2001 por violación de la Ley de Control de Estupefacientes, un hecho anterior a la obtención de su certificación.

La persona A impugnó esta decisión mediante una demanda administrativa, y el tribunal consideró que la medida podría vulnerar la libertad de elección de profesión, por lo que remitió el caso al Tribunal Constitucional para revisión.

La disposición legal objeto de revisión contiene regulaciones que restringen, en un máximo de 20 años, el desempeño de actividades de conducción en servicios de paquetería para personas condenadas por violación de la Ley de Control de Estupefacientes y establece la cancelación del certificado de transporte en caso de incumplimiento.

Sin embargo, el Tribunal Constitucional enfatizó la fuerte naturaleza adictiva y dependencia generada por los estupefacientes, así como las características particulares de los servicios de paquetería, que implican contacto directo cara a cara con clientes y acceso fácil a información personal. Considerando estos factores, el tribunal determinó que la disposición no viola el principio de proporcionalidad ni infringe la libertad de elección de profesión.

En su sentencia, el Tribunal Constitucional señaló que "el objetivo de la disposición de restricción laboral es prevenir accidentes que podrían ocurrir si personas con antecedentes de delitos de drogas cometen nuevos crímenes, protegiendo así la vida, integridad física y patrimonio de los ciudadanos, y garantizando la seguridad pública". El tribunal reconoció tanto la legitimidad del objetivo como la idoneidad de los medios empleados. Además, consideró que la disposición de cancelación de certificación es esencial para garantizar la efectividad del sistema.

El tribunal también aclaró diferencias respecto a jurisprudencia anterior. En 2015, el Tribunal Constitucional emitió una resolución de inconstitucionalidad contra una disposición de la Ley de Transporte de Pasajeros en Vehículos de Motor que prohibía de manera uniforme durante 20 años el desempeño de actividades de conducción de taxis para personas condenadas por delitos de drogas.

No obstante, en el presente caso, la disposición permite establecer mediante decreto presidencial períodos específicos de restricción dentro de un máximo de 20 años, considerando el tipo de delito, la gravedad del crimen y la duración de la sentencia, dejando margen para reflejar las particularidades de cada caso.

Por su parte, tres magistrados—Kim Sang-hwan, Jung Jung-mi y Jung Gye-sun—presentaron opiniones disidentes. Estos magistrados argumentaron que "imponer restricciones prolongadas e indiscriminadas a la libertad profesional de personas con riesgo significativamente reducido de reincidencia obstaculiza su rehabilitación e inserción social, lo que a largo plazo no contribuye a la prevención de delitos".



* Este artículo ha sido traducido por IA.