Instituciones de emergencia deberán notificar al centro coordinador cuando no puedan recibir pacientes
La reforma de la Ley de Emergencias Médicas, que busca reestructurar el sistema de atención de emergencias para resolver el fenómeno de "derivación repetida de pacientes" (rechazo de pacientes críticos), fue aprobada en el pleno del Congreso el 1 de octubre. Durante la sesión plenaria celebrada esa tarde, el Congreso aprobó mediante votación la "Enmienda a la Ley sobre Emergencias Médicas".
Los puntos clave de esta reforma son el "fortalecimiento del control sobre la derivación de pacientes" y la "reducción de sanciones penales en materia de emergencias médicas". La enmienda incluye disposiciones que permiten al Centro Coordinador de Emergencias Médicas y al Centro de Gestión de Ambulancias 119 designar directamente instituciones receptoras cuando no se determina rápidamente un centro médico apropiado para trasladar a pacientes críticos.
Previamente, los operadores de ambulancias trasladaban a los pacientes considerando de manera integral su estado clínico y los sistemas de derivación regionales. En los últimos años, debido al rechazo de pacientes críticos por parte de instituciones médicas, ha surgido como problema social el fenómeno de "derivación repetida de pacientes", donde los enfermos no reciben el tratamiento adecuado.
La reforma estipula que las instituciones de emergencia deben notificar al Centro Coordinador de Emergencias Médicas cuando se enfrenten a situaciones que dificulten la admisión de pacientes. Asimismo, solo se reconocerán como razones válidas para rechazar o evadir la admisión los casos en que alguno de los recursos de emergencia médica de la institución—como instalaciones, equipos o personal—estén completamente en uso y, por lo tanto, no puedan proporcionar un tratamiento adecuado al paciente de emergencia.
La enmienda también incluye disposiciones para reducir la carga de sanciones penales en materia de emergencias médicas. Anteriormente, cuando un paciente crítico sufría lesiones o fallecimiento como resultado de la atención de emergencia proporcionada, la reducción de la pena penal era una disposición discrecional. Ahora ha sido modificada a una disposición obligatoria. En otras palabras, se cambió de "se puede eximir de responsabilidad" a "se exime de responsabilidad".
En consecuencia, los profesionales de emergencia médica en hospitales que admitan pacientes críticos serán exonerados de responsabilidad penal si el acto médico proporcionado fue inevitable y no constituyó negligencia grave.
* Este artículo ha sido traducido por IA.
