La Comisión de Comercio Justo informó que la enmienda a la Ley de Transacciones a Plazo con estos contenidos fue aprobada en la sesión plenaria del Congreso Nacional el 20 de agosto.
En Corea del Sur, el número de afiliados a transacciones a plazo con pago anticipado alcanza aproximadamente 11 millones de personas, y el volumen de fondos anticipados asciende a 11,3 billones de wones.
La ley modificada limita el monto total de crédito comercial que los operadores de transacciones a plazo con pago anticipado pueden proporcionar a accionistas mayoritarios y personas en relaciones especiales al 50% del capital social. El accionista mayoritario se define como el principal accionista que posee el 30% o más del total de acciones emitidas, y las personas en relaciones especiales incluyen cónyuges, empresas afiliadas y ejecutivos.
El crédito comercial incluye no solo préstamos de fondos, sino también garantías de pago y la adquisición de valores con carácter de apoyo financiero. Los operadores y accionistas mayoritarios que proporcionen o reciban crédito que supere este límite pueden ser condenados a prisión de hasta tres años o a una multa de hasta 100 millones de wones.
Incluso para transacciones dentro del límite, si superan un monto establecido por decreto presidencial, debe contarse con el consentimiento de todos los directores registrados o una resolución unánime de la junta directiva. Después de la transacción, se debe informar a la Comisión de Comercio Justo y publicar en el sitio web de Internet. La violación de esto puede resultar en una multa administrativa de hasta 30 millones de wones. Asimismo, se ha establecido por primera vez una base legal para que la Comisión de Comercio Justo y la Comisión de Supervisión Financiera formen un equipo de investigación conjunta para examinar la situación del crédito comercial.
Para que los consumidores puedan verificar fácilmente su información de afiliación, se construirá un sistema integrado de información sobre transacciones a plazo con pago anticipado. Los consumidores pueden verificar en el sistema la fecha de conclusión del contrato, el monto pagado, los procedimientos de compensación por daños al consumidor e información sobre el operador. Se trata de conectar información actualmente dispersa entre operadores, bancos y cooperativas de seguros mutuos.
Cuando surge una causa de compensación por daños al consumidor, como el cierre de una empresa de seguros funerarios, el banco o la cooperativa de seguros mutuos debe notificarlo al gobernador provincial o metropolitano, y este debe publicar el hecho. El operador debe mantener registros de terminación y resolución de contratos así como reembolsos durante un máximo de cinco años, y debe permitir que los consumidores los consulten.
Los informes de auditoría contable de los operadores deben redactarse de manera que revelen las transacciones con accionistas mayoritarios y personas en relaciones especiales, así como la situación de los activos de inversión, conforme a los métodos detallados establecidos en las regulaciones subordinadas.
Esta enmienda no aumenta por sí sola la tasa de compensación por daños que los afiliados a planes funerarios pueden recibir. La estructura actual de la ley, en la que se devuelve el 50% de los fondos anticipados a través de organismos de compensación en caso de cierre del operador, se mantiene, y esta enmienda se enfoca en permitir que la información sobre la ocurrencia de daños y los datos de contrato y pago se verifiquen de manera más rápida y transparente.
Las causas de suspensión de actividades se ampliarán de las 8 existentes a 31. Se incluyen nuevas causas como el incumplimiento en el reembolso de fondos por resolución de contrato, el uso indebido de información de consumidores y el exceso del límite de crédito comercial para accionistas mayoritarios. La Comisión de Comercio Justo puede realizar investigaciones sobre las condiciones del mercado y exigir a los operadores que presenten documentos; si no los presentan o presentan información falsa, puede imponer una multa administrativa de hasta 30 millones de wones.
La autorización de establecimiento de una cooperativa de seguros mutuos puede ser revocada si su capital social es inferior a 20 mil millones de wones o si la cooperativa ha incumplido las órdenes correctivas de la Comisión de Comercio Justo en tres o más ocasiones durante los últimos cinco años. Si la Comisión de Comercio Justo solicita la disciplina o destitución de un director de la cooperativa, ese director tiene sus funciones suspendidas inmediatamente hasta que se tome la decisión.
La ley modificada entra en vigor un año después de su promulgación. Sin embargo, las disposiciones relacionadas con la construcción del sistema integrado de información entran en vigor inmediatamente después de la promulgación, y se concede un período de un año a partir de la fecha de vigencia para la recuperación y liquidación de operadores y accionistas mayoritarios que actualmente superan el límite de crédito comercial.
* Este artículo ha sido traducido por IA.
