Se simplifican los requisitos de registro para asociaciones de franquiciados; las organizaciones con afiliación menor al 30% deberán consultar opiniones de no afiliados

Comisión de Comercio Justo, Edificio 2 de la Oficina Gubernamental de Sejong, Sejong. 13 de octubre de 2023 [Foto = Reportero You Dae-gil dbeorlf123@ajunews.com]
Comisión de Comercio Justo, Edificio 2 de la Oficina Gubernamental de Sejong, Sejong. 2023.10.13 [Foto = Reportero You Dae-gil dbeorlf123@ajunews.com]
Las autoridades de competencia van a simplificar los requisitos de registro para las asociaciones de franquiciados y a detallar los procedimientos de consulta con las matrices franquiciadoras, con el objetivo de fortalecer el poder de negociación de los propietarios de negocios franquiciados. Se rebajará el umbral de registro ante la Comisión de Comercio Justo permitiendo que organizaciones con afiliación del 10% o superior se registren, mientras que aquellas con tasa de afiliación inferior al 30% deberán someterse a un proceso de consulta de opiniones de propietarios no afiliados.

La Comisión de Comercio Justo anunció el 3 de agosto que someterá a consulta pública la propuesta de enmienda del reglamento de ejecución de la Ley de Negocios en Franquicia hasta el 14 de septiembre, y el proyecto de nueva normativa sobre registro de asociaciones de empresarios franquiciados y procedimientos de consulta sobre cambios en condiciones de transacción hasta el 24 de septiembre. Esta medida constituye un seguimiento legislativo de la Ley de Negocios en Franquicia recientemente modificada, cuyo eje central es el sistema de registro de asociaciones de franquiciados y los procedimientos de consulta obligatoria.

La Ley de Negocios en Franquicia modificada autoriza a las asociaciones de franquiciados que cumplan ciertos requisitos a registrarse ante la Comisión de Comercio Justo, y obliga a las matrices franquiciadoras a negociar con las asociaciones registradas. Si la matriz franquiciadora incumple esta obligación de consulta, podrá ser objeto de una orden de corrección.

Según la propuesta de enmienda, las asociaciones de franquiciados que agrupen al 10% o más del total de propietarios que utilizan la misma marca comercial, o un mínimo de 1.000 afiliados, podrán registrarse ante la Comisión de Comercio Justo. Las autoridades de competencia han fijado un límite inferior de 30 miembros para el registro, considerando que la reducción del umbral de afiliación al 10% facilita la constitución de estas organizaciones. Esta medida busca reducir la carga regulatoria en franquiciadores pequeños mientras garantiza oportunidades significativas de negociación para las asociaciones de propietarios.

Al momento del registro, las asociaciones deberán presentar una solicitud de registro; en caso de cambios, deberán tramitar una solicitud de cambio de registro. Además, estas organizaciones podrán solicitar a la matriz franquiciadora consultas sobre cuestiones relativas al contenido del contrato de franquicia, así como sobre asuntos relacionados con publicidad y promociones comerciales.

Cuando una asociación registrada con tasa de afiliación inferior al 30% solicite consulta, deberá someterse a un procedimiento de recopilación de opiniones entre los propietarios de franquicias no afiliados a la asociación. La asociación registrada debe dar publicidad a los temas de consulta, su posición institucional y los métodos para presentar opiniones, así como transmitir los resultados de esta consulta a la matriz franquiciadora.

Se han establecido también limitaciones para evitar que los procedimientos de consulta se repitan excesivamente. Una asociación registrada que haya participado en un proceso de consulta no podrá solicitar nuevas consultas sobre el mismo tema durante 180 días. Igualmente, se limita a 60 días el plazo para solicitar consultas sobre temas distintos. Para matrices franquiciadoras con menos de 100 propietarios en total, estos períodos de restricción se reducen a 90 días.

Mediante estas modificaciones, se espera que los propietarios de franquicias puedan negociar por sí solos de manera razonable con las matrices, lo que prevendría prácticas comerciales injustas en el sector de franquicia y mejoraría las condiciones de transacción. Además, al establecer con claridad los requisitos de registro y los procedimientos de consulta para las asociaciones de franquiciados, la Comisión de Comercio Justo considera que se resolverán en gran medida las preocupaciones de las matrices respecto a la proliferación descontrolada de asociaciones y las solicitudes de consulta injustificadas.

La Comisión de Comercio Justo señaló: "En la elaboración de estas propuestas de enmienda hemos mantenido durante el primer semestre de este año diálogos continuos y reuniones de consulta con todas las partes interesadas". Añadió: "Durante los períodos de tramitación legislativa y consulta pública, examinaremos cuidadosamente todas las opiniones recibidas y completaremos los trabajos de enmienda del reglamento de ejecución y adopción de la nueva normativa antes del cierre del año, a fin de garantizar la aplicación sin contratiempos de la Ley de Negocios en Franquicia modificada".



* Este artículo ha sido traducido por IA.