La Corte Constitucional comienza a revisar demandas sobre reducción de daños por mora e inadmisibilidad de apelaciones

  • Revisión sobre posible vulneración de derechos fundamentales en caso de reducción de tasa de daños por mora

  • Análisis previsto sobre presunta vulneración del derecho a la acción judicial en caso de entrega de inmueble

Corte Constitucional [Foto=Agencia de Noticias Yonhap]
Corte Constitucional [Foto=Agencia de Noticias Yonhap]

 

La Corte Constitucional ha decidido revisar formalmente en pleno dos demandas de acción judicial constitucional contra sentencias de la Corte Suprema, una relacionada con la reducción drástica de una tasa de daños por mora acordada entre las partes, y otra sobre la inadmisibilidad de una apelación cuando se solicitó prórroga de plazo fuera del término establecido.

La Corte Constitucional comunicó el 4 de noviembre que, tras realizar un examen preliminar en sala designada, ha remitido dos demandas de acción judicial que cuestionan la anulación de sentencias definitivas de la Corte Suprema para revisión en pleno.

El primer caso fue presentado por la empresa constructora A, que ejecutaba obras de construcción del parque industrial de la industria naviera. La empresa A presentó una demanda civil reclamando el pago de obras incumplidas y daños por mora a una tasa anual del 18% establecida en el contrato, después de que la empresa promotora incumpliese el pago de certificaciones de obra y rescindiera el contrato de obra por insolvencia.

Sin embargo, el tribunal redujo la tasa de daños por mora acordada al nivel de la tasa legal mercantil, equivalente al 6% anual, y esta decisión fue confirmada por la Corte Suprema.

Por ello, la empresa A presentó una demanda de acción judicial argumentando que reducir los daños por mora libremente pactados al nivel de la tasa legal, sin acuerdo adicional, constituye una vulneración del derecho a la libertad de contratación y a la propiedad. La Corte Constitucional examinará intensivamente si el grado de reducción efectuado por los tribunales ha vulnerado derechos fundamentales.

El segundo caso es una demanda de acción judicial presentada por la empresa B, que fue condenada en primera instancia en un litigio de entrega de inmueble. Después de interponer apelación, la empresa B presentó una solicitud de prórroga de plazo dos días después del vencimiento del término fijado por el tribunal para presentar el escrito de agravios, tras designar un nuevo representante legal.

Sin embargo, la Corte de Apelaciones de Seúl inadmitió la apelación alegando incumplimiento de plazo, sin pronunciarse sobre la solicitud de prórroga, y la Corte Suprema desestimó el recurso de casación.

La empresa B sostiene que, aunque manifestó su intención de proseguir con la apelación, los tribunales inadmitieron la apelación sin dar respuesta alguna, lo que constituye una vulneración del derecho de acción judicial. La Corte Constitucional analizará en este caso si hubo vulneración de derechos procesales.

Desde que el sistema de acción judicial constitucional entró en vigor el 12 de marzo pasado, la Corte Constitucional ha recibido un total de 2559 demandas de este tipo, de las cuales 2409 han sido inadmitidas y solo 27 han sido remitidas para revisión en pleno. En particular, respecto a demandas relacionadas con el plazo para presentar el escrito de agravios, se están revisando en pleno un total de 14 casos, incluido este.





* Este artículo ha sido traducido por IA.