[Gráfico=Generado por ChatGPT]La División 3-3 de lo Penal de la Corte de Justicia de Jeonju (magistrado presidente Chung Se-jin) rechazó el recurso presentado por la fiscalía contra la sentencia de primera instancia dictada al acusado A (67 años), imputado por violación de la Ley de Registro y Protección de Consumidores Financieros en Servicios de Préstamo, según informó el 27 de octubre. Con ello se mantiene la condena de primera instancia: ocho meses de prisión con ejecución suspendida por dos años y 80 horas de prestación de servicios comunitarios.
El acusado A fue procesado por haber prestado aproximadamente 1.000 millones de wones a 111 deudores entre 2018 y 2024, cobrando únicamente en concepto de intereses 320 millones de wones.
La tasa de interés que aplicó alcanzó el máximo de 182% anual, lo que representa nueve veces el límite legal máximo de interés, que es del 20% anual.
Conforme a la actual Ley de Registro y Protección de Consumidores Financieros en Servicios de Préstamo, el límite legal máximo de interés es del 20% anual. Ejercer actividades de préstamo sin registro puede conllevar hasta 10 años de prisión o multas de hasta 500 millones de wones. Cobrar intereses superiores al máximo permitido puede resultar en hasta 5 años de prisión o multas de hasta 200 millones de wones.
Se determinó que el acusado A no contaba ni siquiera con el registro formal requerido como prestamista, y durante años explotó a víctimas en situación de dificultad económica, obteniendo ganancias ilícitas considerables.
La sala de apelación señaló que "la sentencia de primera instancia consideró diversos factores, incluido el acuerdo alcanzado por el acusado con algunas de las víctimas después de los hechos", y agregó que "la pena impuesta en primera instancia no aparenta exceder los límites razonables de la discrecionalidad judicial, por lo que el recurso de la fiscalía carece de fundamento".
* Este artículo ha sido traducido por IA.
