Las escuelas pueden ahora terminar llamadas y expulsar a padres con demandas maliciosas; resistirse resultará en denuncia a autoridades

  • Consejo de Ministros aprueba enmiendas a la Ley de Educación Primaria y Secundaria y regulaciones sobre libros de texto

  • Se establece base legal para medidas coercitivas contra demandas que afecten derechos docentes; a partir de 2027, el Estado y gobiernos locales implementarán políticas anuales de apoyo a padres

  • Se obliga a editoriales a entregar archivos digitales para garantizar distribución oportuna de libros en braille para estudiantes ciegos; también aprobadas nuevas regulaciones sobre libros de texto

El presidente Lee Jae-myung interviene en la sesión del Consejo de Ministros celebrada el 20 en la Oficina Presidencial. [Foto=Yonhapnews]
El presidente Lee Jae-myung interviene en la sesión del Consejo de Ministros celebrada el 20 en la Oficina Presidencial. [Foto=Yonhapnews]
A partir de ahora, los directores de escuelas tendrán la capacidad legal de terminar llamadas telefónicas o entrevistas, ordenar el desalojo o restricción de acceso, e incluso denunciar a autoridades judiciales contra demandas maliciosas que amenacen la actividad educativa o interfieran en las operaciones escolares. Simultáneamente, el Estado implementará anualmente programas de apoyo para fortalecer las competencias de los padres de familia, y las editoriales serán obligadas a entregar archivos digitales para garantizar la distribución oportuna de libros en braille destinados a estudiantes con discapacidad visual. El Ministerio de Educación anunció el 20 que en la sesión del Consejo de Ministros se aprobaron la enmienda parcial al "Decreto de la Ley de Educación Primaria y Secundaria" y la enmienda parcial a la "Regulación sobre Libros de Texto". Ambas enmiendas entrarán en vigencia plena el 29 de este mes, coincidiendo con la fecha de implementación de la ley madre "Ley de Educación Primaria y Secundaria" promulgada en abril pasado.
Intervención inmediata de directores ante demandas maliciosas... "Solicitud de cese, desalojo, restricción de acceso y denuncia"
El núcleo de la enmienda al "Decreto de la Ley de Educación Primaria y Secundaria" se centra en proteger a los docentes de demandas maliciosas sin límite y normalizar la actividad educativa en las escuelas. Según la enmienda (nuevo artículo 65), el director escolar debe solicitar primero la cesación de conductas de estudiantes o tutores que presenten demandas que pudieran constituir interferencia en la actividad educativa u obstaculización de funciones administrativas. Si el demandante no acata la solicitud de cese, el director escolar podrá adoptar medidas concretas tales como: △término de llamadas telefónicas o entrevistas △desalojo o restricción temporal de acceso △denuncia a autoridades judiciales. En particular, cuando se determine que el asunto reviste carácter urgente, el director podrá ejecutar inmediatamente el término de la llamada o el desalojo sin realizar previamente solicitud de cese. Con la institucionalización de equipos de atención de demandas a nivel escolar y equipos de apoyo en atención de demandas escolares en las direcciones educativas regionales, se prevé que la carga de respuesta a demandas maliciosas, que recaía individualmente en docentes, se transforme en un sistema de respuesta pública centrado en las instituciones.
Obligatoriedad de políticas de apoyo a padres... designación de centros especializados de apoyo parental nacional y regional
También se fortalece la base institucional para apoyar a los padres como colaboradores en la educación escolar. A partir de 2027, el Ministro de Educación y los gobernadores educativos deberán formular e implementar anualmente políticas que apoyen el desarrollo de competencias de los tutores y la comunicación de políticas educativas (nuevo artículo 31-7). Se ha establecido también la base legal para realizar estudios diagnósticos sobre recopilación de opiniones del terreno e información sobre actividades, recursos humanos y presupuesto (nuevo artículo 31-8) para la formulación de estas políticas. Asimismo, se han especificado los requisitos de designación y alcance de funciones para que instituciones públicas, universidades y universidades de pedagogía sean designadas como "Centro Nacional de Apoyo a Padres" (designado por el Ministro de Educación) y "Centros Regionales de Apoyo a Padres" (designados por gobernadores educativos), permitiéndoles asumir sistemáticamente la operación de programas educativos y de consultoría para padres, así como investigación de políticas (nuevos artículos 31-9 a 31-11).
Se abre el camino para distribución de libros en braille "antes del semestre"... editores obligados a entregar archivos digitales dentro de 30 días
La enmienda parcial a la "Regulación sobre Libros de Texto" para garantizar derechos educativos de estudiantes con discapacidades también fue aprobada. Se trata de una medida para resolver el problema estructural de que los libros de texto en braille para personas con discapacidad visual no se producían ni distribuían oportunamente antes del inicio de cada semestre. La enmienda (nuevo artículo 31-2) establece que los editores y productores de libros de texto deben entregar obligatoriamente archivos digitales dentro de 30 días contados desde la fecha en que reciben la solicitud del Ministro de Educación. Los archivos entregados deben ser idénticos a los libros de texto generales desde la portada hasta la página de créditos, y deben adoptar un formato estándar que permita convertirse fácilmente a braille o formato de audio digital. Excepcionalmente, las razones justificadas para diferir la entrega se limitan estrictamente a: △caso de daño o eliminación de archivos debido a hacking o virus informático △caso de pleitos en curso relacionados con archivos, elevando así la efectividad de la medida.




* Este artículo ha sido traducido por IA.