Rechazo de la aplicación del Tratado de Reclamaciones Coreano-Japonés de 1965… Corte Suprema reconfirma jurisprudencia de 2018 y 2023
Víctimas y familiares de personas movilizadas forzadamente durante la ocupación japonesa de Corea ganaron nuevamente en la apelación de su demanda de indemnización contra una empresa japonesa.
La Sala de Apelaciones Civiles 10-1 de la Corte Distrital Central de Seúl (presidida por los jueces Kim Hye-jin, Jung Do-sung y Jegal Chang) rechazó el 20 de octubre el recurso de apelación presentado por Mitsubishi Materials (antigua Mitsubishi Mining) en la demanda de indemnización por daños interpuesta por cinco víctimas, encabezadas por la demandante Heo, mantuviendo el fallo de primera instancia que otorgó una victoria parcial a los demandantes. El tribunal ordenó también que Mitsubishi asuma los costos de la apelación.
En primera instancia, el tribunal falló en agosto de 2024 que Mitsubishi pagara aproximadamente 27 millones de wones a la víctima Heo y alrededor de 18 millones de wones a cada una de las otras cuatro víctimas.
En aquella ocasión, el tribunal de primera instancia rechazó la argumentación de Mitsubishi de que el derecho a reclamar indemnización por daño moral se había extinguido en virtud del Tratado de Reclamaciones Coreano-Japonés de 1965, determinando que "los derechos de reclamación de indemnización no están incluidos en el ámbito de aplicación del tratado de reclamaciones".
La sala de apelaciones también reconfirmó la jurisprudencia contenida en la sentencia de pleno de la Corte Suprema de 2018 y en la sentencia de sala menor de 2023.
La Corte Suprema, en pleno, dictaminó en octubre de 2018 que los derechos de reclamación de indemnización de las víctimas no se extinguieron con el Tratado de Reclamaciones Coreano-Japonés. Posteriormente, en su fallo de diciembre de 2023, la Corte Suprema estableció que, considerando las circunstancias según las cuales las víctimas no pudieron ejercer legalmente sus derechos, el plazo de prescripción para reclamar indemnización debe calcularse a partir del momento de la sentencia de la Corte Suprema de 2018.
Como resultado, los argumentos legales presentados por las empresas japonesas, que han sostenido que no tienen responsabilidad de indemnización en virtud de la prescripción, tampoco fueron reconocidos en esta apelación.
* Este artículo ha sido traducido por IA.
