Las autoridades financieras limitan la extensión repetida de plazos de prescripción en deudas morosas

  • Autoridades financieras implementan sistema condicional de reconocimiento de pérdidas a partir del 12 de octubre

Foto: Banco de Imágenes Getty
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Las instituciones financieras deberán cesar la práctica de extender repetidamente los plazos de prescripción de deudas morosas a largo plazo para continuar con cobros. A partir de ahora, los bancos y aseguradoras deberán completar el plazo de prescripción para reconocer pérdidas en deuda morosa individual de hasta 50 millones de won, mientras que los bancos de ahorros y las empresas de financiamiento especializado deberán hacerlo para deuda de hasta 30 millones de won.

La Comisión de Servicios Financieros y la Superintendencia de Supervisión Financiera anunciaron que implementarán las enmiendas a las "Normas Operativas para el Reconocimiento de Pérdidas en Créditos de Instituciones Financieras" a partir del 12 de octubre.

Hasta ahora, las instituciones financieras podían clasificar los créditos con baja probabilidad de recuperación como pérdidas estimadas y recibir reconocimiento de pérdidas para fines tributarios antes de que completara el plazo de prescripción. Posteriormente, mediante órdenes de pago y otros mecanismos, extendían repetidamente los plazos de prescripción, manteniendo los créditos durante períodos prolongados y continuando con los cobros coactivos.

Las enmiendas establecen que cuando una institución financiera solicite reconocimiento de pérdidas para deuda morosa individual sin garantía, debe completar el plazo de prescripción o renunciar al crédito en la fecha programada para el vencimiento inicial del plazo de prescripción. Sin embargo, se permitirán excepciones para extender el plazo cuando se descubran bienes ocultos del deudor o cuando surjan circunstancias inevitables tales como procedimientos de quiebra o reestructuración, o cumplimiento de acuerdos de reestructuración de deuda.

Incluso si la institución financiera vende el crédito a otra entidad, la obligación de completar el plazo de prescripción se mantiene. Los contratos de venta de créditos incluirán cláusulas que especifiquen esta obligación, y la institución financiera original verificará su cumplimiento.

Las enmiendas se aplicarán a partir de las solicitudes de cancelación de deuda del cuarto trimestre de este año. Las autoridades financieras también han establecido un procedimiento para reevaluar la capacidad de pago del deudor transcurridos tres años desde la extensión del plazo de prescripción. Si se determina que no existe capacidad de pago, se permitirá que la institución renuncie al crédito antes de que expire el plazo de prescripción.

Además, los bancos, bancos de ahorros, aseguradoras y cooperativas de crédito mutuo publicarán datos sobre renuncias de créditos, reestructuración de deuda y ventas de créditos a partir de los resultados del primer semestre de este año, con publicaciones semestrales subsecuentes.



* Este artículo ha sido traducido por IA.