La edad de 'joven' se amplía de 29 a 34 años según la Ley de Promoción del Empleo Juvenil; entra en vigor el 18 de septiembre

Ministerio de Empleo y Trabajo [Foto=Yonhapnews]
Ministerio de Empleo y Trabajo [Foto=Yonhapnews]
La definición de "joven" según la Ley de Promoción del Empleo Juvenil se amplía de 29 años o menos a 34 años o menos. También se han establecido criterios operativos detallados para la Comité de Empleados Públicos, que delibera sobre la mejora de las condiciones laborales de los trabajadores no permanentes del sector público.

El Gobierno aprobó en sesión del Consejo de Estado del día 8 los anteproyectos del decreto ejecutivo de la "Ley sobre la Instalación y Operación de la Comité de Empleados Públicos" bajo la jurisdicción del Ministerio de Empleo y Trabajo, así como enmiendas al decreto ejecutivo de la "Ley Especial de Promoción del Empleo Juvenil". Ambos decretos ejecutivos entrarán en vigor a partir del 18 de septiembre.

Conforme a las enmiendas de la Ley Especial de Promoción del Empleo Juvenil, el rango de edad para la definición de joven se amplía de 15 años o más y 29 años o menos a 15 años o más y 34 años o menos.

Previamente, la edad de los jóvenes se regulaba en el decreto ejecutivo, pero con la enmienda de la ley, el criterio de edad se estableció directamente en la legislación. En consecuencia, la enmienda al decreto ejecutivo ha eliminado las disposiciones previas sobre la edad de los jóvenes y reorganizado las disposiciones relacionadas.

El Gobierno tiene como propósito asegurar consistencia en los beneficiarios de las políticas y fortalecer el apoyo para la inserción de los jóvenes en el mercado laboral mediante la ampliación del criterio de edad para los jóvenes.

También se ha confirmado el modo específico de operación de la Comité de Empleados Públicos, que deliberará sobre la mejora de las condiciones laborales de los empleados públicos y trabajadores no permanentes del sector público.

Cuando la "Ley sobre la Instalación y Operación de la Comité de Empleados Públicos" entre en vigor el 18 de septiembre, se formalizará un sistema de negociación tripartita que delibere sobre la mejora de las condiciones laborales de los empleados públicos del sector público y de trabajadores a término fijo, en misión, por contrata y subcontratación.

El decreto ejecutivo incluye procedimientos para convocar sesiones de la Comité de Empleados Públicos, así como disposiciones necesarias para la composición y operación de sus órganos subordinados.

La Comisión de Trabajo Técnico estará compuesta por no más de 30 miembros, la Junta de Desarrollo por no más de 20 miembros, y las Comisiones por Área por no más de 15 miembros respectivamente. También se han establecido criterios operativos detallados, incluidos los procedimientos para el nombramiento y designación de miembros.

Un funcionario del Ministerio de Empleo y Trabajo señaló: "Se espera que, a través de la operación de la Comité de Empleados Públicos, se eliminen las discriminaciones contra los trabajadores empleados públicos y se mejoren la calidad del empleo y el nivel de los servicios públicos".
 



* Este artículo ha sido traducido por IA.