Multas por incumplimiento repetido de obligaciones de divulgación aumentarán hasta 50%: comisión de competencia refuerza sanciones

Comisión de Competencia Justa en el Edificio 2 de la Secretaría de Estado en Sejong. 13.10.2023[Foto=Reportero Yoo Dae-gil dbeorlf123@ajunews.com]
Comisión de Competencia Justa en el Edificio 2 de la Secretaría de Estado en Sejong. 13.10.2023[Foto=Reportero Yoo Dae-gil dbeorlf123@ajunews.com]
Las empresas pertenecientes a grupos empresariales sujetos a obligaciones de divulgación enfrentarán multas aumentadas hasta un 50% si incumplen repetidamente sus obligaciones de divulgación. También serán eliminadas las disposiciones de reducción de multas que se aplicaban a los retrasos en la divulgación y a las infracciones iniciales.

La Comisión de Competencia Justa anunció el 7 de septiembre que sometería a consulta pública entre el 8 y el 28 de este mes los proyectos de reforma de los "Criterios de imposición de multas en casos de incumplimiento de obligaciones de divulgación de información importante por parte de empresas pertenecientes a grupos empresariales sujetos a divulgación" y los "Criterios de imposición de multas en casos de incumplimiento de obligaciones de votación en junta directiva y divulgación relacionadas con transacciones internas de gran escala".

Este proyecto de reforma fue elaborado para reforzar las sanciones contra el incumplimiento repetido de obligaciones de divulgación y para mejorar los criterios de reducción innecesarios, aumentando así la efectividad de las sanciones.

En primer lugar, se elevarán los niveles de aumento de multas aplicables en caso de incumplimiento repetido de obligaciones de divulgación.

Según los criterios actuales, si una empresa incumple sus obligaciones de divulgación entre 4 y 6 veces durante los últimos 5 años, incluido el año de inspección, se aplica un aumento del 10%; si lo hace 7 veces o más, se aplica un aumento del 20%.

El proyecto de reforma establece que en caso de 1 incumplimiento repetido se aplicaría un aumento del 10%, en caso de 2 incumplimientos repetidos un aumento del 30%, y en caso de 3 o más incumplimientos repetidos un aumento del 50%. En los últimos 5 años, más de 50 empresas han incumplido repetidamente sus obligaciones de divulgación en 2 o más ocasiones.

También se mejorarán los criterios de cálculo del número de incumplimientos repetidos. Actualmente, al calcular el número de incumplimientos repetidos se incluyen los incumplimientos detectados en el año de inspección, pero en adelante se excluirán del recuento los incumplimientos del año de inspección.

También se eliminará la disposición de reducción de multas según los días de retraso en la divulgación. Actualmente, las multas se reducen entre un 20% para retrasos de 30 días o menos y un 75% para retrasos de 3 días o menos.

La Comisión de Competencia Justa explicó que, al calcular el monto básico de la multa, ya se añade un monto adicional según los días de retraso, y si posteriormente se aplica una reducción, el efecto de aumento de la sanción por los días de retraso se ve prácticamente anulado.

Si se incumple la obligación de divulgación sobre la situación del grupo empresarial, se añade una cantidad fija de 50 000 wones por día desde el día siguiente al plazo de divulgación hasta el día en que se completa la corrección; en caso de incumplimiento de la obligación de divulgación de transacciones internas de gran escala, se añaden 100 000 wones diarios al monto básico de la multa.

También se eliminará la disposición de reducción del 20% aplicable cuando se trata de un primer incumplimiento o cuando no hay antecedentes de infracciones en los últimos 5 años. Esta reducción se aplicaba al incumplimiento de la obligación de divulgación sobre la situación del grupo empresarial.

Según los criterios actuales, la reducción del 50% que se aplica cuando se infringe inmediatamente después de la designación de un nuevo grupo empresarial sujeto a divulgación podría combinarse con esta reducción, permitiendo reducciones de multas de hasta el 70%.

También se eliminará la disposición que limita el monto básico de la multa de las pequeñas empresas a no más del 1% del capital social o del total del capital, el que sea mayor.

Para el incumplimiento de la obligación de divulgación sobre la situación del grupo empresarial, se aplica a empresas con capital social o capital total de 1000 millones de wones o menos; para el incumplimiento de la obligación de divulgación de transacciones internas de gran escala, se aplica a empresas con capital de 5000 millones de wones o menos.

La Comisión de Competencia Justa explicó que, en la fase de determinación de la multa final, ya se consideran las condiciones financieras de la empresa infractora, por lo que reflejar la situación financiera también en la fase de cálculo del monto básico constituiría una reducción duplicada.

La Comisión de Competencia Justa tiene previsto revisar las opiniones de los interesados presentadas durante el período de consulta pública, seguir los procedimientos relacionados, incluida la deliberación y votación en sesión plenaria, y finalmente aprobar e implementar el proyecto de reforma.

Un representante de la Comisión de Competencia Justa declaró: "A través de esta reforma, se puede fomentar el cumplimiento de las obligaciones de divulgación por parte de las empresas y fortalecer la función de supervisión del mercado mediante la divulgación transparente de la estructura de propiedad y control de los grupos empresariales".




* Este artículo ha sido traducido por IA.