Reforma de la Ley de Procedimiento Penal aprobada: posibles demandas ante la Corte Constitucional, pero con perspectivas inciertas

  • "Las controversias competenciales están en la esfera legislativa... Los recursos de inconstitucionalidad tampoco serán fáciles"

Vista de la Corte Constitucional en Jongno-gu, Seúl, el 25 del mes anterior. [Foto=Yonhapnews]
Vista de la Corte Constitucional en Jongno-gu, Seúl, el 25 del mes anterior. [Foto=Yonhapnews]

La reforma parcial a la Ley de Procedimiento Penal, cuyo eje central es la abolición de la potestad investigadora de la Fiscalía, fue aprobada en la sesión del Consejo de Ministros del día anterior. Sin embargo, los medios legal y académico continúan expresando críticas. Aunque existe la expectativa de que la reforma será sometida a controversias competenciales y recursos de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional, los expertos legales consideran poco probable que estos sean acogidos favorablemente.

Según información del sector legal del 5 de agosto, Park Chan-woon, profesor de la Facultad de Derecho de la Universidad de Hanyang quien fungió como presidente del comité asesor de la Unidad de Reforma Fiscal bajo la Presidencia del Consejo de Ministros, expresó a través de Facebook: "La reforma a la ley de procedimiento penal, que muchos se opusieron u expresaron preocupaciones, ha sido modificada" y "resulta difícil anticipar cómo avanzará nuestro sistema de justicia penal a través de los obstáculos que enfrenta". Asimismo, Kim Ye-won, abogada del Centro de Derechos de las Personas con Discapacidad, señaló el día anterior que "(la reforma) contiene numerosos contenidos que simplemente resultan imposibles de implementar".

Ante las continuas críticas a la reforma de la ley de procedimiento penal, ha surgido la posibilidad de que sectores de la política y del ámbito legal presenten controversias competenciales y recursos de inconstitucionalidad ante la Corte Constitucional.

El Partido del Poder Popular ha indicado que "examinará la presentación de controversias competenciales y recursos de inconstitucionalidad". Además, Park Young-jin, investigador de la Academia de Investigación Fiscal (rango de fiscal general), afirmó el día anterior a través de la red interna Eprops de la Fiscalía que "la Fiscalía General debería presentar controversias competenciales respecto a la reforma a la ley de procedimiento penal".

En particular, la eliminación del "derecho de la Fiscalía a solicitar órdenes de registro" en la reforma es un ejemplo destacado de la controversia sobre inconstitucionalidad. Conforme a la reforma, los fiscales no podrán solicitar órdenes de detención, prisión preventiva y registro de forma independiente, estando obligados únicamente a presentar ante el tribunal órdenes solicitadas por instituciones investigadoras como la policía. Sin embargo, los artículos 12 y 16 de la Constitución establecen que estas órdenes se expidan en respuesta a solicitudes de fiscales.

Asimismo, ha surgido crítica por la disposición que permite a los tribunales desestimar acusaciones sin enjuiciamiento de fondo en casos donde exista una violación grave del procedimiento durante la investigación o abuso de la discrecionalidad acusatoria por parte del fiscal, describiéndola como arbitraria y abstracta.

Análisis sugieren que, ante la controversia constitucional, se presentarán controversias competenciales y recursos de inconstitucionalidad principalmente por fiscales en activo y ciudadanía. Park explicó tras la aprobación de la reforma en el Congreso el 31 del mes anterior que "es posible que un número considerable de fiscales presenten ante la Corte Constitucional controversias competenciales con el objetivo de una revisión temprana de la ley de procedimiento penal, mientras que ciudadanos ordinarios presenten recursos de inconstitucionalidad para cuestionar su constitucionalidad".
 
No obstante, aunque las controversias competenciales y recursos de inconstitucionalidad puedan llegar ante la Corte Constitucional, es incierto que sean acogidos. Un abogado de origen fiscal señaló en conversación con Ajou Economy que "las controversias competenciales están en la esfera de la potestad legislativa y no resultan fáciles de prosperar, y aunque los recursos de inconstitucionalidad puedan presentarse argumentando que se han violado derechos a la búsqueda de la felicidad, igualdad y el derecho a ser juzgado, es improbable que estos reclamos sean aceptados".

La Corte Constitucional no ha acogido controversias competenciales y recursos de inconstitucionalidad presentados anteriormente. El año anterior, Kim Sung-hoon, fiscal adjunto de la Fiscalía de Cheongju, presentó un recurso de inconstitucionalidad contra la reforma a la Ley de Organización del Gobierno, cuyo eje es la abolición de la Fiscalía, pero la Corte Constitucional lo desestimó en febrero argumentando que no existía posibilidad de violación de derechos fundamentales.

La Corte Constitucional desestimó durante el gobierno de Moon Jae-in controversias competenciales presentadas por el Ministerio de Justicia y la Fiscalía relacionadas con la reforma legislativa sobre la subordinación de la Fiscalía. La Corte determinó que "corresponde al Congreso mediante ley definir a qué institución se le asignan la potestad investigadora y acusatoria". Consideró que el derecho de solicitud de órdenes por parte de los fiscales no otorga directamente potestad investigadora según la Constitución, sino que se propone que un "fiscal como experto legal" controle razonablemente las investigaciones coercitivas de otras instituciones.

Sin embargo, existe la perspectiva de que la resolución diferirá de aquella sobre la reforma legislativa anterior. La Corte Constitucional fundamentó su decisión anterior en que la reforma no limitaba el derecho de solicitud de órdenes de la Fiscalía; sin embargo, en esta ocasión, al haberse eliminado la "disposición sobre solicitud directa de órdenes por parte de los fiscales", existe análisis sugiriendo una posible inconstitucionalidad.




* Este artículo ha sido traducido por IA.