Corte Suprema confirma multa a concesionario que rechazó reintegro ordenado por despido injustificado

  • Corte Suprema ratifica sentencia de multa de 1,5 millones de won

  • "Existe obligación de reintegrar... el incumplimiento constituye violación de orden de reparación"

Corte Suprema [Foto=Yonhapnews]
Corte Suprema [Foto=Yonhapnews]


La Corte Suprema ha dictaminado que los empleadores deben cumplir con las órdenes de reintegro emitidas por la comisión de relaciones laborales, incluso cuando ha vencido el período contractual original del trabajador considerado despedido injustificadamente. El fallo establece que rechazar el reintegro alegando expiración de contrato constituye un acto ilegal.

Según informaron círculos judiciales el 30 de julio, la Segunda División de la Corte Suprema (presidida por el magistrado Eom Sang-pil) ratificó la sentencia de primera y segunda instancia que condenó a Jo, representante de una concesionaria de automóviles, a una multa de 1,5 millones de won por violación de la Ley de Relaciones Laborales y Negociación Colectiva.

Jo notificó la terminación del contrato al vendedor A un día antes de que venciera su período contractual en enero de 2019. La Comisión Regional de Relaciones Laborales determinó que se trataba de una práctica laboral desleal y ordenó el reintegro inmediato del trabajador a su puesto original. Jo impugnó la orden mediante un procedimiento contencioso administrativo, pero perdió el caso. La orden de reparación quedó ejecutoriada en junio de 2022.

Sin embargo, Jo se negó a cumplir la orden argumentando que el contrato de prestación de servicios con el trabajador A ya había vencido, haciendo imposible el reintegro. Además, impuso condiciones previas como la presentación de un certificado de seguros de garantía y no proporcionó los códigos de venta necesarios para que el trabajador realizara efectivamente sus funciones, limitándose a comunicar el reintegro formalmente antes de ser procesado judicialmente.

Finalmente, los tribunales de primera y segunda instancia condenaron a Jo a una multa de 1,5 millones de won. Determinaron que de no mediar la práctica laboral desleal, el contrato habría continuado vigente, y que el empleador no puede imponer condiciones previas ni evadir el reintegro alegando vencimiento contractual al cumplir una orden de reparación ya ejecutoriada.

La Corte Suprema rechazó el recurso de casación, señalando que "la orden de reintegro al puesto original como reparación por práctica laboral desleal presupone la invalidez de la negativa del empleador a renovar el contrato. Aunque el período contractual original haya vencido, existe la obligación de reintegrar al trabajador, por lo que el incumplimiento de esta obligación configura el delito de violación de orden de reparación".





* Este artículo ha sido traducido por IA.